El marco normativo de los acuerdos colectivos no cubre las expectativas negociales de los empleados públicos sindicalizados

  • Silvio León Castaño
Palabras clave: Acuerdo colectivo, convención colectiva, constitucionalidad, estímulos para el empleado público

Resumen

Con este artículo se pretende demostrar que los acuerdos colectivos tienen demasiadas restricciones de orden constitucional y legal para garantizar la participación activa de los empleados públicos en sus condiciones de trabajo. Para ello, se trae a colación la definición constitucional del concepto de negociación colectiva, los contenidos de los convenios 151 y 154 de la OIT, y diferentes sentencias de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que tienden a mantener esas limitantes negociales. Como premisa fáctica se describe el contenido de las condiciones de empleo confeccionadas unilateralmente por la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Relaciones Exteriores, y las interpretaciones restrictivas que hacen las altas cortes y la función pública al régimen de estímulos e incentivos.  

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.
Publicado
2019-02-12
Sección
Artículos Resultado de Investigación